Solicitud de Certificado de Tasa Presunta, Decreto Supremo N°110
¿En qué consiste?
Certificado que solicita la entidad empleadora o el trabajador(a) independiente, en el cual se especifica la tasa de cotización básica y la tasa adicional por el riesgo presunto asociado a la actividad económica principal que se realiza, según lo establece el Decreto Supremo N°110.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
- Empleador(a).
- Un tercero, con poder notarial del empleador(a) o del representante legal.
- Trabajador(a) independiente registrado en el Instituto de Seguridad Laboral.
¿Cómo se puede realizar?
Presencialmente: En las sucursales del Instituto de Seguridad Laboral.
Tenga en Cuenta
- Si se trata de una entidad empleadora que tiene 24 meses de funcionamiento o más, acceda al certificado de Siniestralidad Decreto Supremo Nº67.
- En caso de que acuda un tercero a solicitar el certificado, éste debe presentar su Cédula de Identidad y un poder notarial de quien autoriza a realizar el trámite.
- El certificado tiene una validez de 30 días a contar desde el momento de la emisión.
Descripción Detallada
Certificado que solicita la entidad empleadora o el trabajador(a) independiente, en el cual se especifica la tasa de cotización básica y la tasa adicional por el riesgo presunto asociado a la actividad económica principal que se realiza. Para efecto práctico, el Instituto de Seguridad Laboral utiliza el clasificador de actividad económica con tasas de cotización adicional asociadas. Si son varias las actividades que se realizan, entonces el Instituto identificará cual es la actividad principal.
Esto está establecido en el Decreto Supremo Nº110 del año 1968, y el rango de la tasa adicional va del 0% hasta 3,4%.
Ver Clasificador de Actividad Económicas DS N° 110
¿A quiénes está dirigido?
- Entidad empleadora que ti ene menos de 24 meses de funcionamiento y por lo tanto no registran evaluación en el marco del proceso de Decreto Supremo N°67.
- Trabajadores independientes registrados en el Instituto de Seguridad Laboral.
¿Cuáles son los documentos requeridos?
- Cédula de Identidad vigente de quien realiza la solicitud del certificado.
- Poder notarial del empleador(a) o de representante legal, en caso que el solicitante no sea el empleador(a).
- Fotocopia de Cédula de Identidad del empleador(a) o de su representante legal.
¿Cuál es el tiempo de realización?
Entrega inmediata una vez recibida la solicitud y documentos requeridos.
¿Cómo realizo el trámite?
Presencialmente: En las sucursales del Instituto de Seguridad Laboral.
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- Reúna los antecedentes mencionados en el campo “documentos requeridos” .
- Diríjase a una sucursal del Instituto de Seguridad Laboral.
- En sucursal explique que usted quiere solicitar un Certificado de Tasa Presunta Decreto Supremo N°110.
- Entregue los documentos y antecedentes requeridos.
- Reciba el Certificado de Tasa Presunta Decreto Supremo N°110.